En este articulo se examina el razonamiento que desarrollo el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia en el caso Tadic para darle vigencia a la doctrina de la empresa criminal conjunta a partir de la interpretacion del articulo 7 de su Estatuto. Tras identificar los argumentos centrales y sus problemas,el autor critica el tratamiento insuficiente de los conceptos de intencionalidad, previsibilidad y culpabilidad en la doctrina mencionada; y propone la introduccion de enmiendas al Estatuto de Roma para rectificar estas deficiencias.